ACUERDO PARA LA EJECUCION DE EXHORTOS CON PARAGUAY.
Ley 1.053
BUENOS AIRES, 7 de Octubre de 1880
EL SENADO Y LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION ARGENTINA, REUNIDOS EN CONGRESO, ETC. SANCIONAN CON FUERZA DE LEY
ARTICULO 1.- Apruébase el acuerdo de 31 de Agosto del corriente año, celebrado entre los Plenipotenciarios de la República Argentina y el de Paraguay para la ejecución de exhortos.
ARTICULO 2. Comuníquese al Poder Ejecutivo.