MODIFICACION AL TRATADO DE EXTRADICION CON BRASIL.
LEY 519
BUENOS AIRES, 22 de Julio de 1872
EL SENADO Y LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION ARGENTINA, REUNIDOS EN CONGRESO, ETC. SANCIONAN CON FUERZA DE LEY
ARTICULO 1. - Apruébase la adición propuesta por el Gobierno del Brasil, al artículo 2 del Tratado de extradición de criminales, celebrado con dicho Estado, que consiste en agregar al referido artículo 2, las palabras siguientes: "Conforme a la Ley argentina, o no admitan fianza, conforme a la Ley brasileña.
ARTICULO 2. - Comuníquese al Poder Ejecutivo.
ALSINA - SARAVIA - GARRIGOS - SOLVEIRA