APERTURA DE NUEVO CREDITO PARA COMPLETAR LOS ARMAMENTOS DE LA REPUBLICA.
LEY 3.060
BUENOS AIRES, 4 de Enero de 1894
EL SENADO Y LA CAMARA DE DIPUTADOS ETC.-
Art. 1º - Abrese un nuevo crédito a la Ley Nº 2802 de 17 de Septiembre de 1891, por la cantidad de seis millones de pesos oro ($ o/s.- 6.000.000.-) para completar los armamentos de la República.
Art. 2º - Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Uriburu-Ocampo-Alcobendas-Sorondo