R024 - Recomendación sobre las enfermedades profesionales, 1925 (núm. 24)
Recomendación sobre la indemnización por enfermedades profesionalesAdopción: Ginebra, 7ª reunión CIT (10 junio 1925) - Estatus: Instrumento que ha sido superado.
Preámbulo
La Conferencia General de la Organización Internacional del Trabajo:Convocada en Ginebra por el Consejo de Administración de la Oficina Internacional del Trabajo, y congregada en dicha ciudad el 19 mayo 1925 en su séptima reunión;
Después de haber decidido adoptar diversas proposiciones relativas a la indemnización por enfermedades profesionales, cuestión que está comprendida en el primer punto del orden del día de la reunión, y
Después de haber decidido que dichas proposiciones revistan la forma de una recomendación,
adopta, con fecha diez de junio de mil novecientos veinticinco, la siguiente Recomendación, que podrá ser citada como la Recomendación sobre las enfermedades profesionales, 1925, y que será sometida al examen de los Miembros de la Organización Internacional del Trabajo, con el fin de que se le dé efecto en forma de ley nacional, o de otro modo, de acuerdo con las disposiciones de la Constitución de la Organización Internacional del Trabajo:
La Conferencia recomienda:
Que los Miembros de la Organización Internacional del Trabajo deberían establecer, si aun no lo hubieren hecho, un procedimiento sencillo por medio del cual pueda revisarse la lista de enfermedades que su legislación nacional considere profesionales.