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Legis

Declaración universal sobre la erradicación del hambre y la malnutrición

Aprobada el 16 de noviembre de 1974 por la Conferencia Mundial de la Alimentación, convocada por la Asamblea General en su resolución 3180 (XXVIII) de 17 de diciembre de 1973; y que hizo suya la Asamblea General en su resolución 3348 (XXIX) de 17 de diciembre de 1974
La Conferencia Mundial de la Alimentación,

Convocada por la Asamblea General de las Naciones Unidas y a la que se ha encomendado la elaboración de medios y arbitrios con los cuales la comunidad internacional en su conjunto pueda actuar de una manera concreta para resolver el problema alimentario mundial en el marco más amplio del desarrollo y de la cooperación económica internacional,

Aprueba la siguiente Declaración:
DECLARACION UNIVERSAL SOBRE LA ERRADICACION DEL HAMBRE Y LA MALNUTRICION

Reconociendo que:

a) La grave crisis alimentaria que afecta a las poblaciones de los países en desarrollo, en los que vive la mayoría de las personas hambrientas y malnutridas del mundo y donde más de dos tercios de la población mundial producen alrededor de un tercio de los alimentos del mundo -- desequilibrio que amenaza aumentar en los diez próximos años -- no sólo tiene graves repercusiones económicas y sociales, sino que compromete gravemente la realización de los principios y valores más fundamentales asociados con el derecho a la vida y la dignidad humana, incorporados en la Declaración Universal de Derechos Humanos;

b) La eliminación del hambre y la malnutricion, que es uno de los objetivos de la Declaración de las Naciones Unidas sobre el Progreso y el Desarrollo en lo Social, y la eliminación de las causas que determinan esta situación, son objetivos comunes de todas las naciones;

c) La situación de los pueblos que sufren de hambre y malnutrición se origina en circunstancias históricas, especialmente en las desigualdades sociales, incluyendo en muchos casos la dominación extranjera y colonial, la ocupación extranjera, la discriminación racial, el apartheid y el neocolonialismo en todas sus formas, que siguen constituyendo uno de los mayores obstáculos para la plena emancipación y el progreso de los países en desarrollo y de todos los pueblos involucrados;

d) Esta situación se ha visto agravada desde hace unos años por una serie de crisis por las que ha atravesado la economía mundial, como el deterioramiento del sistema monetario internacional, el aumento inflacionista de los costos de importación, la pesada carga impuesta por la deuda exterior a la balanza de pagos de muchos países en desarrollo, el aumento de la demanda de alimentos, debido en parte a la presión demográfica, la especulación y la escasez y el aumento de los costos de medios esenciales de producción agrícola;

e) Estos fenómenos deben considerarse dentro del marco de las actuales negociaciones sobre la Carta de Derechos y Deberes Económicos de los Estados y debe instarse a la Asamblea General de las Naciones Unidas a que acuerde por unanimidad y adopte una Carta que sea instrumento eficaz para la creación de nuevas relaciones económicas internacionales basadas en principios de equidad y justicia;

f) Todos los países, pequeños o grandes, ricos o pobres, son iguales. Todos los países tienen pleno derecho a participar en las decisiones relativas al problema alimentario;

g) El bienestar de todos los pueblos del mundo depende en buena parte de la producción y distribución adecuadas de los alimentos tanto como del establecimiento de un sistema mundial de seguridad alimentaria que asegure la disponibilidad suficiente de alimentos a precios razonables en todo momento, independientemente de las fluctuaciones y caprichos periódicos del clima y sin ninguna presión política ni económica, y facilite así, entre otras cosas, el proceso de desarrollo de los países en vías de alcanzarlo;

h) La paz y la justicia entrañan una dimensión económica que ayuda a resolver los problemas económicos mundiales y a liquidar el subdesarrollo, que ofrece una solución duradera y definitiva del problema alimentario de todos los pueblos y que garantiza a todos los países el derecho de llevar a la práctica, de manera libre y efectiva, sus problemas de desarrollo. Con este fin es necesario eliminar las amenazas y el recurso a la fuerza y promover la cooperación pacífica entre los Estados en la máxima medida posible, aplicar los principios de no injerencia en los asuntos internos de otros Estados, plena igualdad de derechos y respeto de la independencia y soberanía nacionales, y alentar la cooperación pacífica entre todos los Estados cualesquiera que sean sus sistemas políticos, sociales y económicos. El mejoramiento continuo de las relaciones internacionales creará condiciones más favorables para la cooperación en todos los sectores, lo que hará posible, sin duda, que se usen grandes recursos financieros y materiales entre otras cosas para aumentar la producción agrícola y mejorar substancialmente la seguridad alimentaria mundial;

i) Para lograr una solución duradera del problema alimentario deberán hacerse todos los esfuerzos posibles por eliminar la brecha cada vez mayor que hoy separa a los países desarrollados de los países en desarrollo y por lograr un nuevo orden económico internacional. Todos los países deberían estar en condiciones de participar de manera activa y eficaz en las nuevas relaciones económicas internacionales mediante el establecimiento de sistemas internacionales adecuados, donde proceda, capaces de poner en marcha una acción apropiada, a fin de establecer relaciones justas y equitativas en la cooperación económica internacional;

j) Los países en desarrollo reafirman su convicción de que es a ellos a quienes incumbe ante todo la responsabilidad de asegurar su rápido desarrollo. Por tanto, se declaran dispuestos a seguir intensificando sus esfuerzos individuales y colectivos para aumentar su cooperación mutua en el sector del desarrollo agrícola y la producción de alimentos, incluida la erradicación del hambre y la malnutrición;

k) Dado que, por diversas razones, muchos países en desarrollo no están todavía en condiciones de satisfacer sus necesidades de alimentos, es necesario emprender una acción internacional urgente y eficaz y exenta de presiones políticas para ayudarlos.

En consonancia con los fines y objetivos de la Declaración sobre el Establecimiento de un Nuevo Orden Económico Internacional y el Programa de Acción aprobados por la Asamblea General en su sexto período extraordinario de sesiones,

La Conferencia proclama solemnemente en consecuencia:

1. Todos los hombres, mujeres y niños tienen el derecho inalienable a no padecer de hambre y malnutrición a fin de poder desarrollarse plenamente y conservar sus capacidades físicas y mentales. La sociedad posee en la actualidad recursos, capacidad organizadora y tecnología suficientes y, por tanto, la capacidad para alcanzar esta finalidad. En consecuencia, la erradicación del hambre es objetivo común de todos los países que integran la comunidad internacional, en especial de los países desarrollados y otros que se encuentran en condiciones de prestar ayuda.

2. Los gobiernos tienen la responsabilidad fundamental de colaborar entre sí para conseguir una mayor producción alimentaria y una distribución más equitativa y eficaz de alimentos entre los países y dentro de ellos. Los gobiernos deberían iniciar inmediatamente una lucha concertada más intensa contra la malnutrición crónica y las enfermedades por carencia que afectan a los grupos vulnerables y de ingresos más bajos. A fin de asegurar una adecuada nutrición para todos, los gobiernos deberían formular las políticas de alimentos y de nutrición adecuadas, integrándolas en planes de desarrollo socioeconómico y agrícola de carácter general, que se basen en un conocimiento adecuado tanto de los recursos disponibles para la producción de alimentos como de los potenciales. A este respecto debería subrayarse la importancia de la leche humana desde el punto de vista de la nutrición.

3. Los problemas alimentarios deben abordarse durante la preparación y ejecución de planes y programas nacionales de desarrollo económico y social, haciéndose hincapié en sus aspectos humanitarios.

4. Incumbe a cada Estado interesado, de conformidad con sus decisiones soberanas y su legislación interna, eliminar los obstáculos que dificultan la producción de alimentos y conceder incentivos adecuados a los productores agrícolas. Para la consecución de estos objetivos, es de importancia fundamental adoptar medidas efectivas de transformación socioeconómica, mediante la reforma agraria, de la tributación, del crédito y de la política de inversiones, así como de organización de las estructuras rurales, por ejemplo: la reforma de las condiciones de propiedad, el fomento de las cooperativas de productores y de consumidores, la movilización de todo el potencial de recursos humanos, tanto de hombres como de mujeres, en los países en desarrollo para un desarrollo rural integrado, y la participación de los pequeños agricultores, los pescadores y los trabajadores sin tierras en los esfuerzos por alcanzar los objetivos necesarios de producción alimentaria y de empleo. Además, es necesario reconocer el papel central que desempeña la mujer en la producción agrícola y en la economía rural de muchos países, y asegurar a las mujeres, en pie de igualdad con los hombres, una educación adecuada, programas de divulgación y facilidades financieras.

5. Hoy más que nunca, la utilización de los recursos marinos y de las aguas interiores cobra importancia, como nueva fuente de alimentos y de bienestar económico. Por lo tanto, se deben tomar medidas para promover una explotación racional de estos recursos, preferiblemente para consumo humano directo, con objeto de contribuir a satisfacer las necesidades de alimentos de todos los pueblos.

6. Los esfuerzos encaminados a aumentar la producción de alimentos deberán ir acompañados del mayor empeño posible por evitar el desperdicio de alimentos en cualesquiera de sus formas.

7. Para impulsar la producción de alimentos en los países en desarrollo, y en particular en los menos desarrollados y más seriamente afectados entre ellos, los países desarrollados y otros países que estén en condiciones de hacerlo deberán adoptar medidas internacionales urgentes y efectivas para proporcionarles en forma sostenida más asistencia técnica y financiera en condiciones favorables y en volumen suficiente para sus necesidades, por conducto de acuerdos bilaterales y multilaterales. Esta asistencia no deberá ir unida a condiciones que atenten contra la soberanía de los Estados beneficiarios.

8. Todos los países, y en especial los altamente industrializados, deberán promover el adelanto de la tecnología de producción de alimentos y realizar todos los esfuerzos posibles para promover la transmisión, adaptación y difusión de una tecnología adecuada para la producción de alimentos en beneficio de los países en desarrollo y para ello deberán, entre otras cosas, esforzarse por comunicar los resultados de sus investigaciones a los gobiernos e instituciones científicas de los países en desarrollo a fin de que puedan promover un desarrollo agrícola sostenido.

9. A fin de asegurar una adecuada conservación de los recursos naturales que se utilizan o podrían utilizarse para la producción de alimentos, todos los países deben colaborar a fin de facilitar la conservación del medio ambiente, inclusive el medio marino.

10. Todos los países desarrollados, y aquellos que estén en condiciones de hacerlo, deberán colaborar técnica y financieramente con los países en desarrollo en sus esfuerzos por ampliar los recursos de tierra y agua para la producción agrícola, y para asegurar un rápido aumento de la disponibilidad, a costo razonable, de insumos agrícolas, como fertilizantes y otros productos químicos, semillas de alta calidad, crédito y tecnología. A este respecto, es también importante la cooperación entre los países en desarrollo.

11. Todos los Estados deberán esforzarse al máximo para reajustar, cuando proceda, sus políticas agrícolas para dar prioridad a la producción alimentaria, reconociendo a este respecto la correlación existente entre el problema alimentario mundial y el comercio internacional. Al determinar sus actitudes ante los programas de sostenimiento de la agricultura para la producción alimentaria nacional, los países desarrollados deberían tener en cuenta, en lo posible, los intereses de los países en desarrollo exportadores de productos alimenticios, a fin de evitar efectos perjudiciales a las exportaciones de estos últimos. Además, todos los países deberían cooperar para arbitrar medidas eficaces a fin de afrontar el problema de la estabilización de los mercados mundiales y promover unos precios equitativos y remuneradores, cuando convenga mediante acuerdos internacionales, para mejorar el acceso a los mercados reduciendo o suprimiendo las barreras arancelarias y no arancelarias contra los productos que interesan a los países en desarrollo, aumentar sustancialmente los ingresos por concepto de exportación de estos países, contribuir a la diversificación de sus exportaciones y aplicarles en las negociaciones comerciales multilaterales los principios convenidos en la Declaración de Tokio, incluido el concepto de no reciprocidad y de trato más favorable.

12. Siendo responsabilidad común de toda la comunidad internacional garantizar en todo momento un adecuado suministro mundial de alimentos básicos mediante reservas convenientes, incluidas reservas para casos de emergencia, todos los países deberán cooperar en el establecimiento de un sistema eficaz de seguridad alimentaria mundial: Aportando su participación y su apoyo al funcionamiento del Sistema Mundial de Alerta e Información en materia de agricultura y alimentación; Adhiriéndose a los objetivos, políticas y directrices del propuesto Compromiso Internacional sobre Seguridad Alimentaria Mundial refrendado por la Conferencia Mundial de la Alimentación; Asignando, cuando sea posible, existencias o fondos para satisfacer las necesidades alimentarias internacionales de urgencia según se prevé en el propuesto Compromiso Internacional sobre Seguridad Alimentaria Mundial y elaborando directrices internacionales para proveer a la coordinación y utilización de esas existencias; Cooperando en el suministro de ayuda alimentaria para cubrir necesidades nutricionales y de urgencia, así como para fomentar el empleo rural mediante proyectos de desarrollo.

Todos los países donantes deberían aceptar y aplicar el concepto de la planificación anticipada de la ayuda alimentaria y no ahorrar esfuerzos para proporcionar los productos básicos y la asistencia económica que garanticen cantidades suficientes de cereales y otros productos alimenticios.

Escasea el tiempo. Es vital actuar con urgencia y constancia. Por tanto, la Conferencia pide a todos los pueblos que expresen, individualmente y por medio de sus gobiernos y organizaciones no gubernamentales, su voluntad de cooperar para poner fin al antiquísimo flagelo del hambre.

La Conferencia afirma:

La determinación de los Estados participantes de hacer pleno uso del sistema de las Naciones Unidas para la ejecución de esta declaración y de otras decisiones que apruebe esta Conferencia.